La franquicia Tributaria es un incentivo que permite financiar capacitaciones, evaluaciones y la certificación de competencias de trabajadores, a personas que no se encuentren vinculadas a la empresa contratante del servicio. Además, se podrá descontar del impuesto a la renta hasta el 1% de la planilla anual de sueldos por gastos de capacitación autorizados por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE).
REQUISITOS
Pueden acceder al beneficio las empresas contribuyentes de primera categoría que generan ingresos principalmente a partir de actividades comerciales, industriales o mineras y que cumplan con:
- Tener una planilla de remuneraciones imponibles superior a 35 Unidades Tributarias Mensuales (UTM)
- Pagar las cotizaciones previsionales de sus trabajadores y trabajadoras.
¿QUIENES PUEDEN OPTAR EN LA EMPRESA?
las personas pueden acceder a través de las empresas, siendo potenciales usuarios:
- Trabajadoras/es con contrato
- Socios o dueños/as de empresa
- Mujeres y hombres mayores de 15 años que no tengan un vinculo contractual con la empresa.
- Extranjeros con cédula de identidad chilena vigente.
TIPO DE ACTIVIDAD DE CAPACITACIONES A LAS QUE LA EMPRESA PUEDE OPTAR
- Contratado: Es aquella capacitación en que participa un trabajador que mantiene un vínculo de subordinación y dependencia con la empresa
- Pre Contrato: Es aquella capacitación que participa una persona que no mantiene un vínculo de subordinación y dependencia con la empresa. Esto se realiza por medio de un contrato de capacitación o contrato de evaluación que no puede extenderse por más de dos meses.
- Post Contrato: Es aquella capacitación en la que participa un ex trabajador/a de la empresa. Esta capacitación debe realizarse a más tardar cinco meses después de la fecha del término del vínculo laboral del trabajador con la empresa.
RECURSOS QUE PUEDE DESTINAR LA EMPRESA EN FT.
| Planilla anual de remuneraciones | Monto a Imputar |
| De 0 a 34,99 UTM | 0 UTM |
| DE 35 A 44,99 UTM | 7 UTM |
| DE 45 A 900 UTM | 9 UTM |
| MAYOR A 900 UTM | 1% Planilla Anual |
COBERTURA POR TRABAJADOR
| Remuneración bruta del trabajador | %Valor Hora Imputable |
| De 0 a 25 UTM | 100% |
| De 25 UTM A 50 UTM | 50% |
| MAS DE 50 UTM | 15% |
TRÁMITES DESPUES DE FINALIZADA LA CAPACITACION
Se debe presentar la documentación correspondiente que acredite la realización de la actividad en direcciones regionales del Sence.
- Cursos de capacitación: Para cursos ejecutados por Otec, el documento que acredite el pago deberá ser la factura.
- Cursos presenciales: Certificado de asistencia emitido desde el libro de clases Electrónico (LCE). En caso de existir viáticos y traslado se deben presentar los respaldos que lo justifiquen.
- Cursos E-learning: Declaración jurada del Otec, declaración jurada de los participantes, emitidas desde el LCE
- Cursos a distancias: Declaración jurada del Otec, declaración jurada de los participantes y copia de su cédula de identidad.
- Proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales (EyCCL): Resultado de evaluación y factura pagada.
Plazo máximo para la presentación de los documentos es de 60 días corridos desde la fecha de término del curso.
PROCESO DE FRANQUICIA TRIBUTARIA
